Leyes y Reglamentos

Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria

REGLAMENTO Interior del Servicio de Administración Tributaria.

Fecha Publicación : 24/08/2015

Vigente Apartir Del : 30/08/2015

Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria

TÍTULO II DE LA COMPETENCIA
CAPÍTULO XI DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN
Atribuciones de las unidades administrativas de la Administración General de Planeación

39 / RISAT

Artíulo 39.- Compete a las siguientes unidades administrativas de la Administración General de Planeación ejercer las atribuciones que a continuación se señalan:
A. A la Administración Central de Planeación, Análisis e Información, conforme a lo siguiente:
I. Las señaladas en las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XXVIII, XXIX, XXX y XXXII del artículo 38 de este Reglamento, y
II. Auxiliar al Administrador General de Planeación en el ejercicio de la facultad señalada en la fracción XXVIII del artículo 12 de este Reglamento;
B. A la Administración Central de Proyectos y Vinculación Institucional, las señaladas en las fracciones XIII, XIV, XV, XVI, XVII con excepción de la emisión de lineamientos a que se refiere dicha fracción, XVIII, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX y XXXII del artículo 38 de este Reglamento;
C. A la Administración Central de Estudios Tributarios y Aduaneros, las señaladas en las fracciones XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXVIII, XXX y XXXII del artículo 38 de este Reglamento;
D. A la Administración Central de Modelos de Riesgo, conforme a lo siguiente:
I. Las señaladas en las fracciones XXIX, XXX, XXXI y XXXII del artículo 38 de este Reglamento, y
II. Auxiliar al Administrador General de Planeación en el ejercicio de la facultad señalada en la fracción XXXII del artículo 12 de este Reglamento, y
E. A la Administración Central de Modelos de Integración de Información, conforme a lo siguiente:
I. Las señaladas en las fracciones XXVII, XXIX, XXX y XXXII del artículo 38 de este Reglamento, y
II. Auxiliar al Administrador General de Planeación en el ejercicio de las facultades señaladas en las fracciones XXXI y XXXII del artículo 12 de este Reglamento.

Correlación para el Artículo 39 / RISAT