DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado |
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CAPITULO V
DE LA IMPORTACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | |
Cuando no se considerara importación de servicios. | 49 / RLIVA |
Artíulo 49.- Para los efectos del artículo 24, fracción V de la Ley, no se considera importación de servicios, los prestados en el extranjero por comisionistas y mediadores no residentes en el país, cuando tengan por objeto exportar bienes o servicios. | |
Correlación para el Artículo 49 / RLIVA | |