DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado |
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CAPITULO III
DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS | |
Traslacion del impuesto en contratos de obra a precio alzado o por administración | 34 / RLIVA |
Artíulo 34.- Para los efectos del artículo 14, fracción I de la Ley, el impuesto en el caso de contratos de obra a precio alzado o por administración, será a cargo del prestador del servicio quien lo trasladará al dueño de la obra. Éste, en su caso, acreditará el impuesto correspondiente a dicha contraprestación y a los gastos efectuados por su cuenta y a su nombre. | |
Correlación para el Artículo 34 / RLIVA | |