DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado |
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CAPITULO III
DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS | |
Exencion del pago del impuesto en servicios de transporte aereo amparado con un boleto expedido por una línea distinta. | 32 / RLIVA |
Artíulo 32.- Para los efectos del artículo 14 de la Ley, se considera que el servicio de transporte que presta una línea aérea amparado con un boleto expedido por una línea distinta, es la misma prestación de servicios por la cual ya se causó el impuesto al expedirse el boleto, por lo que el cargo que la línea que presta el servicio hace por este concepto a la que expidió el boleto, no está sujeto al pago de dicho impuesto. | |
Correlación para el Artículo 32 / RLIVA | |