DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior.
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior |
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Obtención del permiso, de mercancías que no se encontraban sujetas a restricciones y por las que se hubiera fincado pedido, cuando la restricción fue publicada en fecha posterior. | 25 / RLCE |
Artíulo 25.- Los exportadores o importadores que hubieran fincado el pedido de mercancías que no se encontraban sujetas a restricciones, tendrán derecho a obtener el permiso correspondiente durante el mes siguiente a la fecha en que la restricción se haya publicado en el Diario Oficial de la Federación, siempre que demuestren fehacientemente que: | |
I. Habían pagado el pedido u otorgaron carta de crédito irrevocable respecto al mismo, o | |
II. El producto se encontraba en tránsito para ser trasladado a su destino. |