DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior.
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior |
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El Premio Nacional de Exportación es intransferible. | 214 / RLCE |
Artíulo 214.- El Premio Nacional de Exportación es intransferible, por lo que únicamente podrá ser ostentado por la organización o institución participante y por ningún motivo por alguna filial o planta adicional a la inscrita, salvo en el caso en el que su participación sea conjunta. |