Leyes y Reglamentos

Reglamento de la Ley del Impuesto Especial Sobre Productos y Servicios

Fecha Publicación :

Vigente Apartir Del :

Reglamento de la Ley del Impuesto Especial Sobre Productos y Servicios

CAPITULO V
DE LAS OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES
Obligacion de adherir etiquetas o contraetiquetas en los envases de bebidas alcoholicas.

15 / RLIEPS

Artíulo 15.- Para los efectos del artículo 19, fracción V, primer párrafo de la Ley, los contribuyentes que exporten bebidas alcohólicas, deberán adherir a los envases que las contengan, etiquetas o contraetiquetas con los datos de identificación del importador en el extranjero y, en su caso, etiquetas o contraetiquetas en idioma extranjero
En el caso de que los envases que contengan bebidas alcohólicas se enajenen a tiendas libres de impuestos que cuenten con autorización para operar como depósitos fiscales para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales de conformidad con la legislación aduanera, sólo se deberá adherir a dichos envases una etiqueta que contenga los datos de identificación de las citadas tiendas.

Correlación para el Artículo 15 / RLIEPS