DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado |
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CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES | |
Aceptacion de la traslación del impuesto por parte de misiones diplomáticas. | 12 / RLIVA |
Artíulo 12.- Para los efectos del artículo 3o. de la Ley, las misiones diplomáticas deberán aceptar invariablemente la traslación del impuesto. Sólo en los casos en que exista reciprocidad, las misiones diplomáticas tendrán derecho a solicitar la devolución del impuesto que les hubiese sido trasladado y que hayan pagado efectivamente, siempre que se reúnan los requisitos que al efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. | |
Correlación para el Artículo 12 / RLIVA | |