RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA | |
---|---|
CAPÍTULO 3.22. DE LOS DEMÁS INGRESOS QUE OBTENGAN LAS PERSONAS FÍSICAS | |
Actualización de aportaciones e intereses reales de planes personales de retiro | 3.22.3 / RMF |
Para los efectos del artículo 142, fracción XVIII de la Ley del ISR, se estará a lo siguiente: | |
I. Las aportaciones que el contribuyente hubiese realizado al plan personal de retiro de que se trate, que hubiere deducido conforme al artículo 151, fracción V de la Ley del ISR, se actualizarán de conformidad con el artículo 6, fracción I, inciso b) de dicha Ley, por el periodo comprendido desde el mes de diciembre del ejercicio en el que se realizaron y hasta el mes inmediato anterior a aquel en el que percibió el ingreso proveniente de dicho plan. | |
II. Los intereses reales devengados durante todos los años de la inversión, se actualizarán de conformidad con el artículo 6, fracción I, inciso b) de la Ley del ISR, por el periodo comprendido desde el mes de diciembre del año en el que se devengaron y hasta el mes inmediato anterior a aquel en el que el contribuyente percibió el ingreso proveniente del plan personal de retiro de que se trate. | |
III. En lugar de considerar como ingreso los intereses reales devengados durante todos los años de la inversión actualizados, se podrán considerar los intereses reales percibidos durante los mismos años, actualizados por el periodo desde el mes de diciembre del año en el que se percibieron y hasta el mes inmediato anterior a aquel en el que el contribuyente percibió el ingreso proveniente del plan personal de retiro de que se trate. | |
LISR 6, 142, 151, RMF 3.22.1. | |
Correlación para Regla 3.22.3 / RMF | |