RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2026.
| 2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
|---|---|
| CAPÍTULO 2.9. DE LAS FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES | |
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Procedimiento para la consulta de los listados de contribuyentes a que se refieren los artículos 69-B y 69-B Bis del CFF | 2.9.20 / RMF |
| Para los efectos de los artículos 69-B y 69-B Bis del CFF, los contribuyentes que requieran consultar los listados de contribuyentes que actualicen alguna de las hipótesis establecidas en los artículos de referencia, podrán realizarlo conforme al siguiente procedimiento: | |
I. Ingresar al Portal del SAT, en el apartado Trámites y servicios / Más trámites y servicios. | |
II. Selecciona Actividades de riesgo o vulnerables elegir la opción / Artículos 69 B y 69 B Bis del CFF. | |
III. Elegir la opción correspondiente de acuerdo al listado que se requiera consultar dando clic en el fundamento legal respectivo, se desplegarán las siguientes opciones: | |
a) Artículo 69-B del CFF: | |
1. Presuntos. | |
2. Definitivos. | |
3. Desvirtuados. | |
4. Sentencia favorable. | |
Para consultar en lo individual el listado en el que se encuentra publicado un determinado contribuyente respecto del artículo 69-B del CFF, lo podrán hacer dirigiéndose al apartado de Material adicional / Contenidos Relacionados / consulta individual del listado de Notificación a contribuyentes y listados definitivos; enlace que redireccionará al apartado del SAT contenido en la página del Gobierno de México https://www.gob.mx/sat en la sección de Acciones y Programas / General / Notificación a contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes y listados definitivos, en donde se podrán consultar dichos oficios y sus anexos, así como, su fecha de publicación tanto en la página del SAT como el DOF, mismos que están disponibles para consulta y descargo. | |
b) Artículo 69-B Bis del CFF: | |
1. Listado Global Definitivo. | |
| CFF 69-B, 69-B Bis | |