Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2026.

Fecha Publicación : 28/12/2025

Vigente Apartir Del : 01/01/2026

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.9. DE LAS FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES
Procedimiento para la consulta de los listados de contribuyentes a que se refieren los artículos 69-B y 69-B Bis del CFF

2.9.20 / RMF

Para los efectos de los artículos 69-B y 69-B Bis del CFF, los contribuyentes que requieran consultar los listados de contribuyentes que actualicen alguna de las hipótesis establecidas en los artículos de referencia, podrán realizarlo conforme al siguiente procedimiento:
I. Ingresar al Portal del SAT, en el apartado Trámites y servicios / Más trámites y servicios.
II. Selecciona Actividades de riesgo o vulnerables elegir la opción / Artículos 69 B y 69 B Bis del CFF.
III. Elegir la opción correspondiente de acuerdo al listado que se requiera consultar dando clic en el fundamento legal respectivo, se desplegarán las siguientes opciones:
a) Artículo 69-B del CFF:
1. Presuntos.
2. Definitivos.
3. Desvirtuados.
4. Sentencia favorable.
Para consultar en lo individual el listado en el que se encuentra publicado un determinado contribuyente respecto del artículo 69-B del CFF, lo podrán hacer dirigiéndose al apartado de Material adicional / Contenidos Relacionados / consulta individual del listado de Notificación a contribuyentes y listados definitivos; enlace que redireccionará al apartado del SAT contenido en la página del Gobierno de México https://www.gob.mx/sat en la sección de Acciones y Programas / General / Notificación a contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes y listados definitivos, en donde se podrán consultar dichos oficios y sus anexos, así como, su fecha de publicación tanto en la página del SAT como el DOF, mismos que están disponibles para consulta y descargo.
b) Artículo 69-B Bis del CFF:
1. Listado Global Definitivo.
CFF 69-B, 69-B Bis