Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.1. DISPOSICIONES GENERALES
Consultas presentadas por Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal, a través de la e.firma de funcionario público competente

2.1.25 / RMF

Para los efectos de los artículos 19 y 34 del CFF, las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, de la Ciudad de México y de sus alcaldías, centralizada, descentralizada o desconcentrada, así como los organismos constitucionalmente autónomos que requieran la confirmación de criterio sobre la interpretación o aplicación de las disposiciones fiscales en situaciones reales y concretas, podrán presentar su promoción a través del buzón tributario con la e.firma del funcionario público competente para promover ante autoridades fiscales, de conformidad con la ficha de trámite 186/CFF “Consultas y autorizaciones en línea”, contenida en el Anexo 1-A.
CFF 17-K, 19, 34

Correlación para Regla 2.1.25 / RMF