RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
5. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS | |
---|---|
CAPÍTULO 5.2. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES | |
De los Proveedores de Servicio Autorizado | 5.2.36 / RMF |
Para los efectos de la regla 5.2.35.,, los Proveedores de Servicio Autorizado a que se refiere dicha regla, son los que el SAT autorizó a través de la AGJ en su momento. | |
Para la renovación de la vigencia de las autorizaciones conferidas a los Proveedores de Servicio Autorizado, bastará con que presenten en el mes de octubre de cada año, a través de buzón tributario el aviso de conformidad con la ficha 31/IEPS “Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para operar como Proveedor de Servicio Autorizado (PSA) para juegos con apuestas y sorteos”, contenida en el Anexo 1-A, en el que bajo protesta de decir verdad, declare que sigue reuniendo los requisitos para ser Proveedor de Servicio Autorizado, con la certificación emitida por el Órgano Certificador autorizado por el SAT y exhiban la fianza mediante la cual garanticen al SAT el pago para resarcir el daño causado de manera directa o indirecta por el incumplimiento de sus obligaciones, en los términos que al efecto se señalen en el Anexo 17, apartado I. | |
LIEPS 20, RMF 5.2.35. | |
Correlación para Regla 5.2.36 / RMF | |