Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

SEGUNDA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y sus anexos 1, 1-A y 9.

Fecha Publicación : 07/04/2025

Vigente Apartir Del : 08/04/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.8. CONTABILIDAD, DECLARACIONES Y AVISOS
SECCIÓN 2.8.3. PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES DE PAGOS PROVISIONALES, DEFINITIVOS Y DEL EJERCICIO VÍA INTERNET DE PERSONAS FÍSICAS Y MORALES
Procedimiento para presentar declaraciones informativas

2.8.3.5 / RMF

Para los efectos del artículo 31, primer párrafo del CFF, las personas físicas y morales obligadas a presentar mediante declaración la información establecida en las disposiciones fiscales, cumplirán con dicha obligación a través del Portal del SAT, en el apartado Trámites y servicios / Declaraciones para personas o Declaraciones para empresas, según corresponda, conforme a lo siguiente: ( Reformado el 08/04/2025 )
I. Ingresarán al subapartado de “Informativas” y elegirán la declaración informativa que se desea presentar.
II. El acceso a la declaración se realizará con la clave en el RFC y Contraseña o e.firma.
III. Seleccionarán el periodo a declarar y el tipo de declaración.
IV. Para el llenado de la declaración se capturarán los datos habilitados por el programa citado.
V. Concluida la captura, se enviará la declaración a través del Portal del SAT. El citado órgano desconcentrado enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico de la información recibida, el cual contendrá, entre otros, el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado por dicho órgano.
Se considera que los contribuyentes han cumplido con su obligación en los términos de las disposiciones fiscales, cuando hayan presentado la información completa en la declaración correspondiente.
Las declaraciones informativas que se presentarán mediante el procedimiento descrito, son las siguientes:
I. Declaración informativa de empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación (DIEMSE).
II. Declaración informativa de las entidades extranjeras sujetas a regímenes fiscales preferentes.
III. Declaración informativa de operaciones relevantes.
IV. Declaración informativa de operaciones realizadas por cuenta de los integrantes del consorcio petrolero.
V. Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas (maestra, país por país y local).
VI. Declaración informativa para notarios públicos y demás fedatarios (DeclaraNOT en línea).
CFF 6o., 31

Correlación para Regla 2.8.3.5 / RMF