RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
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CAPÍTULO 2.7. DE LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET O FACTURA ELECTRÓNICA | |
SECCIÓN 2.7.1. DISPOSICIONES GENERALES | |
CFDI para devolución del IVA a turistas extranjeros | 2.7.1.24 / RMF |
Para los efectos de los artículos 29-A, fracción IV, segundo párrafo del CFF y 31 de la Ley del IVA, los requisitos de identificación del turista serán los siguientes: | |
I. Nombre del turista extranjero. | |
II. País de origen del turista extranjero. | |
III. Número de pasaporte. | |
El medio de transporte será identificado con el boleto o ticket o bien con el pase de abordar o itinerario de viaje, que otorgue al turista el derecho de traslado, siempre que además de los datos del turista tenga el lugar de origen y destino. | |
CFF 29, 29-A, LIVA 31 | |
Correlación para Regla 2.7.1.24 / RMF | |