Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

PRIMERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.

Fecha Publicación : 09/07/2026

Vigente Apartir Del : 10/09/2026

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.11. PAGO A PLAZOS
Solicitud para dejar sin efecto una autorización de pago a plazos

2.11.3 / RMF

Para los efectos de los artículos 66, primer párrafo y 66-A del CFF, los contribuyentes que hubieran determinado contribuciones a su cargo en la declaración y hayan optado por pagarlas en parcialidades o de manera diferida, y en fecha posterior presenten declaración complementaria de la misma contribución, periodo y ejercicio modificando los montos e inclusive determinando saldo a favor, podrán solicitar que se deje sin efectos la autorización del pago en parcialidades o diferido, o desistirse de la solicitud de pago a plazos siempre y cuando: ( Reformado el 10/09/2026 )
I. Los adeudos no hayan sido determinados por medio de declaración de corrección fiscal o con motivo de dictamen.
II. No se hubieran interpuesto medios de defensa, respecto del crédito.
En este supuesto, deberán manifestarlo bajo protesta de decir verdad a través de los medios señalados en la ficha de trámite 56/CFF “Solicitud para dejar sin efectos una autorización o desistimiento de la solicitud de pago a plazos, por presentación de declaración complementaria”, contenida en el Anexo 2, anexando la documentación que acredite la forma en que se determinaron las contribuciones manifestadas en la declaración complementaria. ( Reformado el 10/09/2026 )
Cuando el contribuyente no cumpla con alguno de los requisitos señalados en la ficha de trámite 56/CFF “Solicitud para dejar sin efectos una autorización o desistimiento de la solicitud de pago a plazos, por presentación de declaración complementaria”, contenida en el Anexo 2, la autoridad requerirá al contribuyente a fin de que en un plazo de cinco días hábiles siguientes a que surta efectos su notificación, cumpla con los requisitos omitidos. De no dar cumplimiento dentro del plazo otorgado, se tendrá al contribuyente por desistido de su solicitud. ( Reformado el 10/09/2026 )
Con base en su solicitud, se podrá dejar sin efectos la autorización del pago en parcialidades o del pago diferido o se tendrá por desistida la solicitud de pago a plazos. En consecuencia, los contribuyentes podrán, en su caso, tramitar la devolución de las cantidades pagadas en exceso, con motivo de la autorización del pago en parcialidades o diferido. Para ello, en la declaración correspondiente, no deberán marcar los recuadros correspondientes a devolución o compensación de dichos saldos a favor. ( Reformado el 10/09/2026 )
CFF 66, 66-A, RMF 2.11.1.

Correlación para Regla 2.11.3 / RMF