RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
12. DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DIGITALES | |
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CAPÍTULO 12.1. DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE PROPORCIONEN SERVICIOS DIGITALES A RECEPTORES UBICADOS EN TERRITORIO NACIONAL | |
Inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales | 12.1.1 / RMF |
Para los efectos de los artículos 113-C, primer párrafo, fracción I de la Ley del ISR y 18-D, primer párrafo, fracción I de la Ley del IVA, los sujetos a que se refieren las citadas disposiciones, deberán solicitar su inscripción en el RFC, de conformidad con la ficha de trámite 1/PLT “Solicitud de inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales”, contenida en el Anexo 1-A. | |
Lo establecido en el párrafo anterior, no será aplicable tratándose de los residentes en el extranjero, que se ubiquen en el supuesto del artículo 18-D, último párrafo de la Ley del IVA. | |
LISR 113-C, LIVA 18-D | |
Correlación para Regla 12.1.1 / RMF | |