RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
11. DECRETOS, CIRCULARES, CONVENIOS Y OTRAS DISPOSICIONES | |
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CAPÍTULO 11.9. DEL DECRETO DE ESTÍMULOS FISCALES REGIÓN FRONTERIZA NORTE, PUBLICADO EN EL DOF EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Y DEL DECRETO DE ESTÍMULOS FISCALES REGIÓN FRONTERIZA SUR, PUBLICADO EN EL DOF EL 30 DE DICIEMBRE DE 2020; ASÍ COMO SUS POSTERIORES MODIFICACIONES | |
Contribuyentes que se hayan ubicado en el supuesto establecido en el artículo 69-B, octavo párrafo del CFF con posterioridad a la presentación de los avisos a que se refieren las reglas 11.9.1., 11.9.2. y 11.9.14., relativas a los estímulos fiscales del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte | 11.9.20 / RMF |
Para los efectos de los artículos Sexto, fracción XI, segundo párrafo y Décimo Tercero, fracción IV, segundo párrafo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, las personas físicas o morales que con posterioridad a la presentación de los avisos de inscripción o renovación a que se refieren las reglas 11.9.1.,, 11.9.2. y 11.9.14.,, para obtener los beneficios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte en materia del ISR o del IVA en dicha región, hubieran realizado operaciones con los contribuyentes a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF, podrán seguir aplicando el estímulo fiscal que señalan los artículos Segundo, párrafo primero y Décimo Primero del citado Decreto, siempre que corrijan totalmente su situación fiscal mediante la presentación de la declaración o declaraciones complementarias que correspondan, consideren dicha corrección como definitiva y no hubieran presentado algún medio de defensa en contra de la resolución a través de la cual se indicó que no se acreditó la materialidad de las operaciones, o, de haberlo interpuesto, se desistan del mismo. | |
Las personas físicas y morales a que se refiere el párrafo que antecede contarán con un plazo de dos meses contados a partir de que concluya el plazo a que se refiere el artículo 69-B, octavo párrafo del CFF, para llevar a cabo lo establecido en el párrafo anterior. | |
CFF 69-B, Decreto región fronteriza norte DOF 31/12/18 Segundo, Sexto, Décimo Primero, Décimo Tercero, RMF 11.9.1., 11.9.2., 11.9.14. | |
Correlación para Regla 11.9.20 / RMF | |