RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
11. DECRETOS, CIRCULARES, CONVENIOS Y OTRAS DISPOSICIONES | |
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CAPÍTULO 11.14. DEL DECRETO POR EL QUE SE FOMENTA LA INVERSIÓN EN LOS POLOS INDUSTRIALES DEL BIENESTAR PROGRESO I Y MÉRIDA I DEL ESTADO DE YUCATÁN, PUBLICADO EN EL DOF EL 28 DE JUNIO DE 2024 | |
Cancelación o revocación de la constancia | 11.14.9 / RMF |
Para los efectos de los artículos Segundo, último párrafo, Sexto, Séptimo y Décimo del Decreto a que se refiere este Capítulo, cuando la constancia a que se refiere el artículo Segundo, quinto párrafo del mismo ordenamiento quede sin efectos por cancelación o revocación, el contribuyente no podrá continuar aplicando los estímulos fiscales en términos del citado instrumento, a partir de la fecha siguiente: | |
I. Tratándose de cancelación, a partir de la fecha en que se dé cualquiera de los supuestos señalados en la fracción I del lineamiento 16 de los “LINEAMIENTOS para el otorgamiento de beneficios fiscales a los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos Industriales del Bienestar Progreso I y Mérida I del Estado de Yucatán”, publicados en el DOF el 26 de septiembre de 2024. | |
II. En el caso de revocación, a partir de la fecha en que se notifique al contribuyente la resolución a que se refiere el tercer párrafo de la fracción II del lineamiento 16 antes citado. | |
Decreto POINBI DOF 28/06/2024 Segundo, Sexto, Séptimo, Décimo, Lineamientos para el otorgamiento de beneficios fiscales a los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos Industriales del Bienestar Progreso I y Mérida I del Estado de Yucatán DOF 26/09/2024 |