RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2026.
| 10. LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS | |
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Noción de empleo relacionado con actividades de contratistas o asignatarias | 10.13 / RMF |
| Para los efectos del artículo 64, cuarto párrafo de la LISH, se considerará que un empleo está relacionado con las actividades de los contratistas o asignatarias a que se refiere la LSH, entre otros, en los siguientes supuestos: | |
I. Cuando el servicio se preste a personas morales, consorcios o asociaciones en participación, que tengan la calidad de contratista o asignataria en los términos de la LSH. | |
II. Cuando el servicio se preste a personas consideradas como partes relacionadas, en los términos del artículo 179 de la Ley del ISR, de las entidades a que se refiere la fracción I de esta regla. | |
III. Cuando el objeto o la actividad preponderante de quien efectúe los pagos sea el reconocimiento y exploración superficial o la exploración y extracción de hidrocarburos, en los términos de la LSH. | |
| LISH 64, LISR 154, 179, RMF 10.14. | |
Correlación para Regla 10.13 / RMF | |