REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.
5. DEMÁS CONTRIBUCIONES. | |
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CAPÍTULO 5.1. DERECHO DE TRÁMITE ADUANERO. | |
Casos en los que no se está obligado al pago del DTA | 5.1.2 / RGCE |
Para los efectos de la regla 3.1.21., fracción III, inciso b), no se estará obligado al pago del DTA por la presentación de las copias del pedimento de importación. | |
Ley 37-A, RGCE 3.1.21. | |
Correlación para Regla 5.1.2 / RGCE | |