Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas Generales de Comercio Exterior


3. DESPACHO DE MERCANCÍAS.
CAPÍTULO 3.4. FRANJA O REGIÓN FRONTERIZA.
Autorización de internación de menaje de casa para residentes en la franja o región fronteriza al resto del país

3.4.2 / RGCE

Para los efectos de los artículos 61, fracción VIII y 142, segundo párrafo de la Ley y 194, segundo párrafo de su Reglamento, los habitantes de la franja o región fronteriza, podrán solicitar autorización para internar su menaje de casa al resto del país, de conformidad con la ficha de trámite 74/LA “Autorización de internación de menaje de casa para residentes en la franja o región fronteriza al resto del país”, contenida en el Anexo 2.
El menaje de casa comprende los bienes a que se refiere el artículo 100 del Reglamento.
Ley 61, 142, CFF 18-A, 32-D, 69-B, Reglamento 100, 194, RGCE 1.2.2., Anexo 2, RMF 2.1.36.

Correlación para Regla 3.4.2 / RGCE