Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas Generales de Comercio Exterior


2. ENTRADA, SALIDA Y CONTROL DE MERCANCÍAS.
CAPÍTULO 2.2. DEPÓSITO ANTE LA ADUANA.
Reporte mensual de mercancías que causaron abandono a favor del Fisco Federal

2.2.1 / RGCE

Para los efectos del artículo 15, fracción III de la Ley, las personas a las que hace mención dicha disposición deberán, dentro de los primeros cinco días de cada mes, remitir vía electrónica a la aduana de la circunscripción territorial que les corresponda, la información relativa a las mercancías que causaron abandono en el mes inmediato anterior.
Para los efectos del artículo 144-A, fracción VI de la Ley y de la presente regla, la autoridad aduanera podrá revocar o cancelar la concesión o autorización correspondiente, a quienes omitan dar cumplimiento a lo señalado en el párrafo anterior.
Ley 15, 29, 144-A

Correlación para Regla 2.2.1 / RGCE