Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


7. DERECHOS
Cumplimiento de la obligación para los laboratorios acreditados ante la entidad autorizada por la Secretaría de Economía y aprobados por la CONAGUA

7.36 / RMF

Para los efectos del artículo 278-B, fracción VIII, primer párrafo de la LFD, los laboratorios acreditados ante la entidad autorizada por la Secretaría de Economía y aprobados por la CONAGUA, cumplirán con la obligación señalada en el citado artículo, al informar a dicha Comisión a más tardar el séptimo día hábil posterior a que haya concluido el trimestre en cuestión, de los resultados de todos los análisis efectuados durante el trimestre, a través del SIRALAB que se encuentra en la página de Internet de la CONAGUA.
LFD 278-B

Correlación para Regla 7.36 / RMF