Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA
CAPÍTULO 3.18. DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO CON INGRESOS PROVENIENTES DE FUENTE DE RIQUEZA UBICADA EN TERRITORIO NACIONAL
Deducibilidad de pagos por intereses hechos a fondos de pensiones y jubilaciones del extranjero y fondos soberanos extranjeros exentos

3.18.4 / RMF

Para los efectos del artículo 28, fracción XXIII de la Ley del ISR, los contribuyentes que realicen pagos por concepto de intereses a fondos de pensiones y jubilaciones podrán no aplicar lo señalado en dicha fracción, siempre que dichos fondos se encuentren exentos de conformidad con el artículo 153 de la Ley del ISR, y se encuentren constituidos en un país con el que México tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información.
Tampoco será aplicable lo establecido en el artículo 28, fracción XXIII de la Ley del ISR, cuando los intereses sean pagados a un fondo que sea propiedad de un Estado, sus subdivisiones políticas o sus autoridades locales, siempre que México tenga en vigor un acuerdo para evitar la doble imposición con dicho Estado y el fondo se encuentre exento de conformidad con las disposiciones de ese acuerdo y se cumplan con las condiciones señaladas en el mismo.
LISR 28, 153

Correlación para Regla 3.18.4 / RMF