Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA
CAPÍTULO 3.10. DEL RÉGIMEN DE LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
SECCIÓN 3.10.1. DE LAS PERSONAS MORALES AUTORIZADAS PARA RECIBIR DONATIVOS DEDUCIBLES DEL ISR
Autorización para recibir donativos deducibles en el extranjero

3.10.1.7 / RMF

Para los efectos del artículo 82, fracción I de la Ley del ISR, las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en México que se ubiquen exclusivamente en los supuestos señalados en el artículo 79, fracciones VI, X, XI, XII, XIX y XX de la Ley del ISR, podrán también solicitar, ante la autoridad competente, autorización para recibir donativos deducibles en los términos de la ficha de trámite 21/ISR “Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles de conformidad con el Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América”, contenida en el Anexo 1-A.
LISR 79, 82, RMF 3.10.1.6.

Correlación para Regla 3.10.1.7 / RMF