Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2026.

Fecha Publicación : 28/12/2025

Vigente Apartir Del : 01/01/2026

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.5. DE LOS AVISOS EN EL RFC
Actividad que deberán seleccionar los contribuyentes del IEPS respecto a la enajenación de combustibles

2.5.11 / RMF

Para los efectos del artículo 27 del CFF, los contribuyentes que soliciten su inscripción en el RFC o presenten su aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones a que se refieren los artículos 29, fracción VII y 30, fracción V del Reglamento del CFF y derivado de las actividades que desarrollen estén obligados al pago del IEPS a que se refieren los artículos 2o., fracción I, incisos D) y H), así como 2o.-A de la Ley del IEPS, deberán manifestar en su solicitud o aviso la actividad económica que corresponda conforme a la siguiente tabla:
TABLA
CFF 27, LIEPS 2o., 2o.-A, RCFF 29, 30

Correlación para Regla 2.5.11 / RMF