Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.13. DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN
Remate de automóviles extranjeros usados

2.13.12 / RMF

Para los efectos de los artículos 174 y 176 del CFF y 103 de su Reglamento, los remates de vehículos automotores usados de procedencia extranjera que fueron importados definitivamente a la Franja Fronteriza Norte, así como en los Estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial del Estado de Sonora y en el Municipio Fronterizo de Cananea, Estado de Sonora de conformidad con el artículo 137 bis 1 de la LA, únicamente podrán ser subastados a las personas físicas que acrediten su residencia en cualquiera de los lugares señalados, debiendo permanecer los citados vehículos dentro de la circunscripción territorial antes referida.
CFF 174, 176, RCFF 103, LA 137 bis 1

Correlación para Regla 2.13.12 / RMF