RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
12. DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DIGITALES | |
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CAPÍTULO 12.1. DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE PROPORCIONEN SERVICIOS DIGITALES A RECEPTORES UBICADOS EN TERRITORIO NACIONAL | |
Entrega de la información del número de servicios u operaciones realizadas en cada mes de calendario | 12.1.9 / RMF |
Para los efectos del artículo 18-D, párrafos primero, fracción III y penúltimo de la Ley del IVA, los sujetos a que se refieren las citadas disposiciones, presentarán la información señalada en dicho precepto a través de la “Declaración de pago del Impuesto al Valor Agregado, por la prestación de servicios digitales” a que se refiere el artículo 18-D, primer párrafo, fracción IV de la Ley del IVA y la regla 12.1.8. | |
LIVA 18-D, RMF 12.1.8. | |
Correlación para Regla 12.1.9 / RMF | |