Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


11. DECRETOS, CIRCULARES, CONVENIOS Y OTRAS DISPOSICIONES
CAPÍTULO 11.6. DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN PARA LA APLICACIÓN DEL ESTÍMULO FISCAL A QUE SE REFIERE EL "ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ESTÍMULOS FISCALES A LA GASOLINA Y EL DIÉSEL EN LOS SECTORES PESQUERO Y AGROPECUARIO", PUBLICADO EN EL DOF EL 30 DE DICIEMBRE DE 2015
Padrón de Beneficiarios y la cuota energética

11.6.3 / RMF

La CONAPESCA y la SADER, deberán proporcionar al SAT en hoja de cálculo formato .xls, a través de buzón tributario, el Padrón de Beneficiarios de Energéticos Agropecuarios y el Padrón de Beneficiarios de Diésel Agropecuario respectivamente, la cuota energética autorizada a cada uno de los beneficiarios, la red de estaciones de servicio autorizadas para suministrar el combustible de que se trate a los beneficiarios inscritos en los diferentes Padrones, los datos de los enajenantes de gasolina y diésel a dichas estaciones de servicios, así como informar al SAT la actualización de los mismos dentro de los quince días siguientes a que realicen cualquier modificación, de conformidad con la ficha de trámite 1/DEC-6 “Informe del Padrón de Beneficiarios de Energéticos Agropecuarios y el Padrón de Beneficiarios de Diésel Agropecuario”, contenida en el Anexo 1-A.
Acuerdo DOF 30/12/15