QUINTA Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025.
| 11. DECRETOS, CIRCULARES, CONVENIOS Y OTRAS DISPOSICIONES | |
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| CAPÍTULO 11.6. DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN PARA LA APLICACIÓN DEL ESTÍMULO FISCAL A QUE SE REFIERE EL "ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ESTÍMULOS FISCALES A LA GASOLINA Y EL DIÉSEL EN LOS SECTORES PESQUERO Y AGROPECUARIO", PUBLICADO EN EL DOF EL 30 DE DICIEMBRE DE 2015 | |
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Estímulo fiscal a los contribuyentes que enajenen gasolina y diésel a los integrantes del sector pesquero y agropecuario | 11.6.1 / RMF |
| Para los efectos del Acuerdo a que se refiere este Capítulo, los contribuyentes del impuesto que se establece en el artículo 2o., fracción I, inciso D, numeral 1, subincisos a) y c) de la Ley del IEPS, podrán aplicar dicho Acuerdo siempre que: | |
I. Participen en el Programa de Energía para el Campo de conformidad con la Ley de Energía para el Campo y su Reglamento. | |
II. Enajenen gasolina o diésel a personas que cuenten con permisos expedidos por la Comisión Nacional de Energía, para el expendio al público de petrolíferos en estaciones de servicio, y que en su carácter de distribuidores autorizados por la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), o por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), enajenen los citados combustibles a los integrantes del sector pesquero o agropecuario inscritos en el Padrón de Beneficiarios de Energéticos Agropecuarios que lleva CONAPESCA o en el Padrón de Beneficiarios de Diésel Agropecuario que lleva la SADER, respectivamente. ( Reformado el 23/10/2025 ) | |
| LIEPS 2o., Acuerdo DOF 30/12/2015 | |
Correlación para Regla 11.6.1 / RMF | |