RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2026.
| 9. LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN | |
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| CAPÍTULO 9.3. PROGRAMA PARA RETORNAR O INGRESAR RECURSOS DEL EXTRANJERO AL PAÍS | |
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Recursos destinados al pago de pasivos a favor de la Federación | 9.3.5 / RMF |
| Para los efectos del Vigésimo Cuarto transitorio, fracción VIII, párrafos primero, inciso d) y último de la LIF, tratándose del pago de pasivos a favor de la Federación, de contribuciones o aprovechamientos, así como al pago de sueldos y salarios, no resulta aplicable el requisito relativo a que el monto total de los recursos retornados o ingresados al país para su inversión no deba disminuirse por un periodo de tres años, siempre y cuando se agoten en su totalidad los recursos retornados o ingresados al país en el pago de tales conceptos. | |
| LIF Vigésimo Cuarto Transitorio | |