Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


8. IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS
Solicitud de asignación de número de empresa para integrar la clave vehicular

8.7 / RMF

Para los efectos de la Ley Federal del ISAN y del artículo 29-A, fracción V, inciso e) del CFF, los fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados, los comerciantes en el ramo de vehículos, así como aquellos que importen automóviles para permanecer en territorio nacional, deberán solicitar mediante escrito libre a la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, sita en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Col. Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México, la asignación de número de empresa, para integrar la clave vehicular.
Los solicitantes deberán acompañar a dicho escrito, los documentos siguientes:
I. Copia de la identificación oficial, en el caso de personas físicas.
II. Copia certificada del instrumento emitido por fedatario público con el que se acredite la representación legal, cuando no se actúe en nombre propio.
III. Copia de la Constancia de Situación Fiscal, así como del documento anexo a la misma denominado “Inscripción al RFC”, en el que consten sus obligaciones como sujetos del ISAN.
IV. Copia de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, expedida por el SAT en sentido positivo, conforme a la regla 2.1.36. vigente a la fecha de presentación de la solicitud.
En tanto las empresas a las que les sea asignado un número en los términos de esta regla, continúen siendo sujetos del ISAN, dicho número estará vigente.
CFF 29-A

Correlación para Regla 8.7 / RMF