RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
4. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO | |
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CAPÍTULO 4.3. DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS | |
Exención a servicios proporcionados por Organismos Cooperativos de Integración y Representación | 4.3.3 / RMF |
Para los efectos de la exención señalada en el artículo 15, fracción XII de la Ley del IVA, se considera que quedan comprendidos en dicha exención los servicios a que se refiere el artículo 78 Bis 5, fracciones I a V de la Ley General de Sociedades Cooperativas, proporcionados por los organismos cooperativos de integración y representación a que se refiere dicha Ley, a sus miembros, como contraprestación normal por sus cuotas y siempre que los servicios que presten sean únicamente los relativos a los fines que les sean propios. | |
LIVA 15, Ley General de Sociedades Cooperativas 78 Bis 5 | |
Correlación para Regla 4.3.3 / RMF | |