RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA | |
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CAPÍTULO 3.13. DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA | |
Entero de retenciones realizadas a las personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza | 3.13.14 / RMF |
Para los efectos del artículo 113-J de la Ley del ISR, las personas morales deberán realizar el entero del ISR retenido a través de la presentación de la declaración R14 “Retenciones por servicios profesionales/Régimen Simplificado de Confianza”, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago, conforme a lo establecido en la regla 2.8.3.1. | |
LISR 113-J, CFF 31, RMF 2.8.3.1. | |
Correlación para Regla 3.13.14 / RMF | |