RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA | |
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CAPÍTULO 3.1. DISPOSICIONES GENERALES | |
Residencia de sociedades de responsabilidad limitada constituidas en Estados Unidos de América | 3.1.13 / RMF |
Para los efectos del párrafo 2 del Protocolo, del Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, en relación con el artículo 4, párrafo 1 del referido Convenio, se entiende que dicha disposición resulta también aplicable a las sociedades de responsabilidad limitada constituidas conforme al derecho interno de los Estados Unidos de América. | |
Las sociedades antes mencionadas que opten por aplicar los beneficios establecidos en dicho Convenio, según corresponda, deberán contar con la forma 6166 emitida por las autoridades competentes de dicho país, en la que conste que las mismas o sus integrantes son residentes en los Estados Unidos de América. | |
Convenio DOF 03/02/1994, Protocolo 25/01/1996, Protocolo 22/07/2003 | |
Correlación para Regla 3.1.13 / RMF | |