RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
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CAPÍTULO 2.7. DE LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET O FACTURA ELECTRÓNICA | |
SECCIÓN 2.7.7. DE LA EXPEDICIÓN DE CFDI CON COMPLEMENTO CARTA PORTE | |
Servicios de fletamento por viaje | 2.7.7.3.3 / RMF |
Para los efectos de la regla 2.7.7.1.1. y los artículos 111, fracción III y 124 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, cuando al amparo de un contrato de fletamento por viaje, el contribuyente fletante conserve la gestión náutica y comercial de la embarcación, deberá emitir un CFDI de tipo ingreso con el complemento Carta Porte por cada servicio de transporte realizado para trasladar los bienes o mercancías entre los puertos de los litorales mexicanos de las cuales es responsable a bordo. | |
CFF 29, Ley de Navegación y Comercio Marítimos 111, 124, RMF 2.7.7.1.1. | |
Correlación para Regla 2.7.7.3.3 / RMF | |