Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.10. DICTAMEN DE CONTADOR PÚBLICO INSCRITO
Inscripción y actualización de información de las federaciones de colegios de contadores públicos y organismos no federados

2.10.4 / RMF

Para los efectos del artículo 52, fracción I, inciso a) del CFF, las federaciones de colegios de contadores públicos, así como los colegios o asociaciones no federadas, realizarán a través del sistema informático contenido en el Portal del SAT su inscripción, actualización de datos, o bien, la alta o baja de sus socios que sean contadores públicos inscritos ante la AGAFF.
Para tales efectos, dicha información deberá ser presentada utilizando la e.firma de las agrupaciones profesionales de contadores públicos que estén o no federadas. Asimismo, la información será procesada de acuerdo con los instructivos que se encuentren para su consulta en el citado Portal.
La información y/o actualización que se presentará a través del Portal del SAT, es la siguiente:
I. Alta de una nueva federación, colegio y/o asociación ante el SAT.
II. Reconocimiento de idoneidad otorgado por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública.
III. Cambio de presidente.
IV. Cambio de correo electrónico.
V. Altas y bajas de socios que cuenten con inscripción ante la AGAFF.
CFF 52

Correlación para Regla 2.10.4 / RMF