Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.10. DICTAMEN DE CONTADOR PÚBLICO INSCRITO
Información que deberá acompañarse al dictamen sobre los estados financieros y al informe sobre la situación fiscal del contribuyente

2.10.14 / RMF

Para los efectos de los artículos 32-A del CFF y 58, fracciones I, IV y V del Reglamento del CFF, la información que deberá acompañarse al dictamen sobre los estados financieros y al informe sobre la situación fiscal del contribuyente será la que se señale en los Anexos 16 y 16-A, la cual deberá cumplir con lo señalado en los instructivos de integración y de características, así como en los formatos guía, que se señalen en los mencionados Anexos.
CFF 32-A, RCFF 58

Correlación para Regla 2.10.14 / RMF