RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
1. DISPOSICIONES GENERALES | |
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Referencias a la Ciudad de México y a las Alcaldías | 1.10 / RMF |
Para los efectos de los artículos 18, segundo párrafo, fracción I, 29-A, primer párrafo, fracciones I y III, así como 31 del CFF, las referencias que hagan los contribuyentes al Distrito Federal y a las Delegaciones en las promociones, comprobantes fiscales digitales por Internet, declaraciones, avisos o informes que presenten ante las autoridades fiscales, se entenderán hechas a la Ciudad de México y a las alcaldías, respectivamente y tal situación no se considerará infracción a las disposiciones fiscales. | |
CFF 18, 29-A, 31, 81, 82, 83, 84 | |
Correlación para Regla 1.10 / RMF | |