Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas Generales de Comercio Exterior


7. ESQUEMA INTEGRAL DE CERTIFICACIÓN.
CAPÍTULO 7.4. GARANTÍA DEL INTERÉS FISCAL EN EL REGISTRO EN EL ESQUEMA DE CERTIFICACIÓN DE EMPRESAS.
Actualización de los datos de la garantía o carta de crédito, por modificación de datos de los contribuyentes

7.4.9 / RGCE

Para los efectos de los artículos 28-A, quinto párrafo de la Ley del IVA y 15-A, quinto párrafo de la Ley del IEPS, los contribuyentes que garanticen el interés fiscal de conformidad con lo establecido en las reglas 7.4.1. y 7.4.7., en caso de modificación de clave en el RFC, denominación y/o razón social, deberán presentar a través de escrito libre ante la oficialía de partes de la AGACE la actualización de los datos de la fianza o carta de crédito dentro de los diez días posteriores a la fecha en que hayan efectuado el aviso en el RFC.
Ley 6, Ley del IVA 28-A, Ley del IEPS 15-A, RGCE 1.2.1., 7.4.1., 7.4.7., Anexo 1

Correlación para Regla 7.4.9 / RGCE