REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.
4. REGÍMENES ADUANEROS. | |
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CAPÍTULO 4.4. TEMPORAL DE EXPORTACIÓN. | |
Prórroga para la exportación temporal | 4.4.2 / RGCE |
Para los efectos de los artículos 116 de la Ley y 3 del Reglamento, la ACAJACE podrá autorizar la prórroga de los plazos establecidos por dichos artículos, de conformidad con la ficha de trámite 104/LA “Solicitud de autorización de prórroga del plazo de exportación temporal de mercancías en el extranjero que otorga la Ley”, contenida en el Anexo 2. | |
Ley 116, Reglamento 3, RGCE 1.2.2., Anexo 2 | |
Correlación para Regla 4.4.2 / RGCE | |