REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.
| 4. REGÍMENES ADUANEROS. | |
|---|---|
| CAPÍTULO 4.8. RECINTO FISCALIZADO ESTRATÉGICO. | |
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Mercancías que no pueden destinarse al régimen aduanero de Recinto Fiscalizado Estratégico (Anexo 29) | 4.8.4 / RGCE |
| Para los efectos del artículo 135-B, cuarto párrafo de la Ley, no podrán ser objeto del régimen aduanero de recinto fiscalizado estratégico, las mercancías señaladas en el Anexo 29. | |
| Ley 90, 135-B, RGCE Anexo 29 | |
Correlación para Regla 4.8.4 / RGCE | |