REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.
1. DISPOSICIONES GENERALES Y ACTOS PREVIOS AL DESPACHO. | |
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CAPÍTULO 1.6. DETERMINACIÓN, PAGO, DIFERIMIENTO Y COMPENSACIÓN DE CONTRIBUCIONES Y GARANTÍAS. | |
Autorización y renovación para operar cuentas aduaneras o cuentas aduaneras de garantía | 1.6.25 / RGCE |
Para los efectos de los artículos 84-A y 86 de la Ley, las instituciones de crédito o casas de bolsa podrán solicitar la autorización o, en su caso, la renovación para operar cuentas aduaneras o cuentas aduaneras de garantía, de conformidad con la ficha de trámite 24/LA “Autorización y renovación para operar cuentas aduaneras o cuentas aduaneras de garantía”, contenida en el Anexo 2. | |
Las instituciones de crédito o casas de bolsa autorizadas para operar las cuentas aduaneras o cuentas aduaneras de garantía a que se refieren los artículos 86 y 86-A de la Ley, se darán a conocer en el Portal del SAT. | |
Ley 84-A, 86, 86-A, 87, RGCE 1.2.2., Anexo 2 | |
Correlación para Regla 1.6.25 / RGCE | |