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Circular No. A65-0104
Piedras Negras, Coahuila, 29 de enero de 2004. |
ASUNTO: |
Seguimiento a la Circular A59-0104, referente a la prohibición para importar diversos productos de bovino originarios de E.U. y Canadá. |
En alcance a la Circular A59-0104 de fecha 27 de enero de 2004, a través de la cual les dimos a conocer el Oficio S00/008/2004 de fecha 12 de enero de 2004, por medio del cual se les menciona que la COFEPRIS prohibió la importación de productos originarios de E.U. y Canadá que impliquen un riesgo para la salud humana, tales como: cerebro, ojos, médula espinal, amígdalas e intestinos de los bovinos, incluyendo productos farmacológicos que deriven de ellos (ejemplo: hormona decrecimiento, gonadotrofinas, etc.), les comentamos lo siguiente: Se están realizando las aclaraciones pertinentes con la autoridad, toda vez que el texto que señala:" mercancías tales como", puede englobar una serie de mercancías que a criterio de la autoridad, podrían estar restringidas o no, por lo estamos gestionando ante la autoridad que se emita un listado detallando de las mercancías sujetas a la prohibición en comento. Por lo pronto, se les recomienda tener especial cuidado en no importar las mercancías anteriormente señaladas, originarias de los países en comento y aquellas similares, hasta en tanto no contemos con la información que señale claramente que tipo de productos son los que se encuentra sujetos a la prohibición anteriormente señalada. Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.
JLML. |