A TODOS LOS USUARIOS:
Considerando lo
señalado en la Circular A59-0104
de fecha 27 de enero de 2004, a través de la cual se da a conocer el Oficio
No. S00/008/2004 de fecha 12 de enero de 2004, en el que se menciona que se
prohibe la importación de E.U. y Canadá de productos, los cuales su uso o consumo
implican un riesgo para la salud humana tales como: cerebro, ojos, médula espinal,
amígdalas e intestinos de los bovinos, incluyendo productos farmacológicos que deriven
de ellos (ej.: hormona decrecimiento, gonadotrofinas, etc.).
Sobre dicho
asunto, como recuerdan fue solicitado por parte de un organismo privado las aclaraciones
pertinentes con la autoridad, toda vez que el texto que señala:" mercancías tales
como", se puede interpretar que engloba una serie de mercancías que a criterio de la
autoridad, podrían estar restringidas o no, lo cual se hizo de su conocimiento a través
de la Circular
A65-0104 de fecha 29 de enero de 2004.
Al respecto,
tenemos conocimiento que algunas ciertas autoridades han emitido algunos oficios a nivel
local, en los cuales se especifican productos sujetos a la restricción en comento dentro
de los cuales se encuentran los siguientes:
0102.10.01 |
Reproductores de raza pura. |
0102.90.01 |
Vacas lecheras. |
0102.90.02 |
Con pedigree o certificado de alto registro, excepto lo comprendido en la
fracción 0102.90.01. |
0102.90.03 |
Bovinos para abasto, cuando sean importados por Industrial de Abastos. |
0102.90.99 |
Los demás animales vivos de la especie bovina. |
0201.10.01 |
Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada en canales o
medias canales. |
0201.20.99 |
Los demás cortes (trozos) sin deshuesar de carne de animales de la especie
bovina, fresca o refrigerada. |
0202.30.01 |
Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada deshuesada. |
0206.10.01 |
Carne de animales de la especie bovina, congelada en canales o medias
canales. |
0206.21.01 |
Lenguas |
0206.22.01 |
Hígados |
0206.29.99 |
Los demás despojos comestibles de animales de las especies bovina |
0210.20.01 |
Carne de la especie bovina |
0210.99.01 |
Vísceras o labios de bovinos, salados o salpresos. |
0210.99.99 |
La demás carne y despojos comestibles, salados o en salmuera, secos o
ahumados; harina y polvo comestibles, de carne o de despojos. |
0404.10.01 |
Suero de leche |
0504.00.01 |
Tripas, vejigas y estómagos de animales, excepto los de pescado, enteros o
en trozos, frescos, refrigerados, congelados, salados o en salmuera, secos o ahumados. |
0506.10.01 |
Oseina y huesos acidulados |
0506.90.99 |
Los demás huesos y núcleos córneos, en bruto, desgrasados, simplemente
preparados (pero sin cortar en forma determinada), acidulados o desgelatinizados; polvo y
desperdicios de estas materias. |
0511.99.02 |
Tendones y nervios; recortes y otros desperdicios análogos. |
0511.99.99 |
Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra
parte; animales muertos de los Capítulos 1 o 3, impropios para la alimentación humana. |
1302.31.01 |
Agar-agar. |
1601.00.99 |
Los demás embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre;
preparaciones alimenticias a base de estos productos. |
1602.10.99 |
Hígado de cualquier animal |
1602.20.99 |
Extractos de cualquier animal |
1602.50.01 |
Vísceras o labios cocidos, envasados herméticamente. |
1602.50.99 |
Las demás preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre. |
1602.90.99 |
Las demás, incluidas las preparaciones de sangre de cualquier animal. |
2103.90.99 |
Las demás preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y
sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada. |
2104.10.01 |
Preparaciones para sopas, potajes o caldos; sopas, potajes o caldos,
preparados. |
3001.20.99 |
Los demás extractos de glándulas o de otros órganos o de sus
secreciones. |
3002.10.01 |
Sueros, excepto lo comprendido en las fracciones 3002.10.02 y 3002.10.12. |
3002.10.02 |
Suero antiofidio polivalente |
3002.10.07 |
Extracto desproteinizado de sangre de res. |
3002.10.09 |
Los demás antisueros (sueros con anticuerpos), demás fracciones de la
sangre y productos inmunológicos modificados, incluso obtenidos por proceso
biotecnológico. |
3503.00.01 |
Gelatina |
3507.90.03 |
Pepsina; tripsina; quimotripsina; invertasa; bromelina. |
3507.90.04 |
Cloruro de lizozima |
3507.90.05 |
Pancreatina |
3507.90.06 |
Diastasa de Aspergillus oryzae. |
3507.90.11 |
Mezclas de tripsina y quimotripsina, incluso con ribonucleasa. |
3507.90.99 |
Las demás enzimas; preparaciones enzimáticas no expresadas ni
comprendidas en otra parte. |
9602.00.01 |
Cápsula de gelatina |
9601.90.99 |
Hueso |
No
obstante, en tanto la Secretaría de Salud no otorgue un documento donde se señalen las
mercancías de origen bovino que están sujetas a la prohibición, se les recomienda tener
especial cuidado en no importar las mercancías anteriormente señaladas, originarias de
los países en comento y aquellas similares, hasta en tanto no contemos con la
información que señale claramente que tipo de productos son los que se encuentra sujetos
a la prohibición anteriormente señalada.
Sin otro particular por el momento,
aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.
Atentamente
JLML. |