Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A59-0104

 

Piedras Negras, Coahuila, 27 de enero de 2004.

 

ASUNTO:

Se prohibe la importación de ciertos productos que se consideren un riesgo para la salud humana, originarios de E.U. y Canadá.

Oficios Nos. S00/008/2004 y 326-SAT-I-2543 de fechas 12 de enero y 21 de enero de 2004.


A TODOS LOS USUARIOS:

Les comentamos que derivado de que el día 25 de diciembre de 2003, el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América, confirmó un caso de Encefalitis Espongiforme Bovina (EEB), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de la Secretaría de Salud, mediante el Oficio No. S00/008/2004 de fecha 12 de enero del año en curso, menciona que ha tomado las siguiente medidas:

1) Se prohíbe la importación de E.U. y Canadá de productos, los cuales su uso o consumo implican un riesgo para la salud humana como: cerebro, ojos, médula espinal, amígdalas e intestinos de los bovinos, incluyendo productos farmacológicos que deriven de ellos (ej.: hormona de crecimiento, gonadotrofinas, etc.).

2) Se requiere que los fabricantes e importadores de materiales de bovino empleados en la fabricación de cosméticos, suplementos alimenticios y fármacos que provengan de países libres de EBB o que cumplan con los requisitos establecidos por la Organización Internacional de Epizootias, similares a las aplicadas por países de la Unión Europea y E.U., durante los brotes sufridos por Reino Unido desde 1988.

3) Envió al Sistema Federal Sanitario, información para que incrementen la vigilancia y constaten que se estén tomando las medidas necesarias para sacrificar animales sospechosos de portar EBB.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

    Soporte Legal - Apta

JLML.

Ver Circular A65-0104, A64-0204