RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA | |
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CAPÍTULO 3.18. DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO CON INGRESOS PROVENIENTES DE FUENTE DE RIQUEZA UBICADA EN TERRITORIO NACIONAL | |
Requisitos de la información para la retención sobre los intereses provenientes de títulos de crédito | 3.18.17 / RMF |
Para los efectos del artículo 166, décimo cuarto párrafo de la Ley del ISR, tratándose de la retención sobre los intereses provenientes de títulos de crédito a que se refiere el artículo 8 de la citada Ley, la información a que alude dicho párrafo deberá contener: | |
I. La fecha en que se adquirieron los títulos que se traspasan. | |
II. En su caso, el folio asignado a la operación que se celebra. | |
III. El precio de traspaso de los títulos, que será el costo de adquisición de los títulos que se traspasen cuando se trate de operaciones libres de pago. Dicho costo será el proporcionado por el inversionista, siempre que tal costo coincida con los registros del depositario y, en su defecto, deberá aplicarse el método “primeras entradas primeras salidas” para identificar el costo de los títulos que se traspasen. | |
IV. La fecha de vencimiento de los títulos transferidos. | |
V. El emisor de los títulos. | |
VI. El número de serie y cupón de los mismos. | |
VII. Nombre y residencia fiscal de la persona física o moral que no proporcionó los recursos. | |
LISR 8, 166, RLISR 6, 292, RMF 3.18.15. | |
Correlación para Regla 3.18.17 / RMF | |