RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA | |
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CAPÍTULO 3.17. DE LA DECLARACIÓN ANUAL | |
Acreditamiento de cantidades entregadas por subsidio para el empleo | 3.17.13 / RMF |
Para los efectos del artículo Décimo, fracción III, inciso g) del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo”, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2013, no será acreditable para quienes realicen pagos por concepto de sueldos y salarios, el subsidio para el empleo cuando, no se haya anotado el monto del subsidio para el empleo de manera expresa y por separado en los comprobantes fiscales de nómina entregados a sus trabajadores. | |
Decreto DOF 11/12/2013 Décimo |