Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA
CAPÍTULO 3.10. DEL RÉGIMEN DE LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
SECCIÓN 3.10.1. DE LAS PERSONAS MORALES AUTORIZADAS PARA RECIBIR DONATIVOS DEDUCIBLES DEL ISR
Información sobre el destino de los donativos o del patrimonio en el caso de revocación, pérdida de vigencia o cancelación de la autorización

3.10.1.23 / RMF

Para los efectos de los artículos 82, fracción V, segundo párrafo y 82-Bis, de la Ley del ISR, las organizaciones civiles y fideicomisos cuya autorización para recibir donativos deducibles del ISR hubiera sido revocada, cancelada o que haya perdido vigencia, y la misma no se recupere dentro de los doce meses siguientes a la fecha en que ocurran dichos eventos, deberán presentar la información relativa a la transmisión de su patrimonio a otra donataria autorizada, a través del programa electrónico a que se refiere la ficha de trámite 19/ISR “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”, contenida en el Anexo 1-A.
Cuando la autorización para recibir donativos deducibles haya concluido su vigencia o hubiera sido revocada en el ejercicio fiscal 2020 o anteriores y no se hubiera recuperado la misma dentro de los doce meses posteriores, la organización civil o fideicomiso deberá proporcionar la información relativa a la transmisión de los donativos recibidos que no fueron destinados al cumplimiento de su objeto social, a otra donataria autorizada, al momento de solicitar la nueva autorización para recibir donativos deducibles conforme a la ficha 17/ISR “Solicitud de nueva autorización para recibir donativos deducibles”, contenida en el Anexo 1-A.
LISR 82, 82-Bis, RMF 3.10.1.12.

Correlación para Regla 3.10.1.23 / RMF